Con la participación del personal asistencial y Poder Popular
Bolívar, 01.07.16 (Cortesía Prensa MPPS).- La Dirección de Investigación y Educación del Instituto de Salud Pública (ISP) organizó un taller dirigido al personal asistencial y Poder Popular, donde un grupo de expertos advirtió sobre el impacto de la violencia obstétrica y además explicó las leyes que lo contrarrestan y las penalizaciones por incurrir en dicha práctica.
La instalación del evento estuvo a cargo de Alejandrina Rodríguez, directora de Servicios de Salud ISP, quien dio la bienvenida a los participantes e instó a ser multiplicadores de esta formación en sus comunidades y centros de trabajo, “trabajando en la optimización del Sistema Público Nacional de Salud en consonancia con la defensa de los derechos ciudadanos, en este caso lo referente a violencia obstétrica”.
Por su parte Antonio Russo, jefe de Ginecología y Obstetricia del Complejo Hospitalario Universitario Ruiz y Páez, aclaró que la violencia obstétrica es una forma de violencia de género donde se quebrantan los derechos humanos y reproductivos.
Insistió que la esterilización forzada o el no atender a una embarazada constituyen violencia obstétrica. En el primer caso, la mujer es privada de la capacidad biológica y reproductiva sin su consentimiento y en el segundo, a la gestante le es vulnerado su derecho a recibir una atención rápida, oportuna e idónea, en tanto que se trata de una emergencia como lo indican los protocolos médicos.
Qué debe exigir la gestante
Salvador Nastasi, jefe de la División de Atención a la Familia ISP, aseveró que es obligatorio que el médico siga los protocolos en la consulta de atención prenatal y que la paciente también sea capaz de exigirlos. “Hay que cumplir normas para disminuir la posibilidad de que el embarazo se complique, se debe hacer una historia clínica, evaluación obstétrica, nutricional, cérvico uterina, mamaria, odontológica, ginecológica, de diabetes gestacional y exámenes de laboratorio».
Agregó:“De esta manera podemos lograr que el embarazo llegue a feliz término”. Al tiempo recordó los seis controles prenatales -que como mínimo- debe hacerse una gestante, según lo estipulado por la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio del Poder Popular para la Salud.
Dónde denunciar
Nayleth Romero, en representación del Ministerio Público, mencionó otros de los basamentos legales que condenan tal práctica: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará).
Los órganos receptores de denuncias de este tipo o en general cuando se trata de violencia de género son: Ministerio Público, Juzgados de Paz, jefaturas civiles, Policía, División de Protección en materia de niños, adolescentes, mujeres y familia del cuerpo de investigación competente. Las penalizaciones contemplan prisión y elevadas multas.
Advirtió Romero que a veces las denuncias no se efectúan debido a la desinformación en torno a los aspectos que constituyen violencia obstétrica, así como la falsa creencia de que únicamente el equipo médico es el responsable de esta práctica, cuando en realidad todo el personal de salud tiene injerencia en la atención a una paciente.
Por último, el jefe de la División de Investigación ISP, Pedro Parrilla, exhortó a los líderes comunales presentes, médicos obstetras, galenos de Barrio Adentro y representantes de las Áreas de Salud Integral Comunitaria (ASIC) a masificar la información emitida durante el taller para así darle impulso a la atención obstétrica. Oriana Arias Reason/Fotos: Miguel Pérez