España: Sanidad prohíbe a las farmacias vender medicamentos por WhatsApp

El Ministerio de Sanidad va a impedir que las farmacias vendan medicamentos utilizando la aplicación de WhatsApp, un servicio que muchos farmacéuticos estaban promocionando entre sus clientes para facilitar los pedidos de fármacos sin receta. Sanidad ha recordado a los farmacéuticos que la Ley del Medicamento actual solo permite la venta online a las webs de las farmacias acreditadas por la administración sanitaria, aunque deja abierta la puerta a que farmacias y usuarios se comuniquen por esta aplicación siempre y cuando la venta final se realice o bien presencialmente o a través de las citadas páginas.

El Consejo General de Colegios Farmacéuticos planteó esta consulta a la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) -dependiente del Ministerio de Sanidad- ante las dudas surgidas por muchos de sus asociados sobre la legalidad de esta práctica. La respuesta de la Aemps deja claro que la venta a distancia de medicamentos sin receta solo se puede realizar por las páginas webs de esas mismas farmacias si están acreditadas por el propio Ministerio.

“Solo puede realizarse a través de los sitios web de las oficinas de farmacias que cumplan con los requisitos y condiciones del Real Decreto de 2013”

“La venta a distancia de medicamentos por procedimientos telemáticos solo puede realizarse a través de los sitios web de las oficinas de farmacias que cumplan con los requisitos y condiciones del Real Decreto de 2013”. Este decreto regula la venta online de medicamentos en España y recoge que “ningún pedido o encargo de medicamentos por procedimientos telemáticos puede realizarse a las farmacias si no es directamente a través del sitio web habilitado al efecto por las propias oficinas de farmacia”.

Puerta abierta a encargos

Lo que sí permite la Agencia Española de Medicamentos, según la carta enviada a los farmacéuticos, es a que WhatsApp sea una vía de comunicación entre los usuarios y las farmacias. “Lo anteriormente dispuesto no exime -asegura la circular- de que las oficinas de farmacias puedan facilitar un teléfono (fijo o móvil) a través del sitio web para que los pacientes puedan contactar y/o realizar encargos a dicha oficina de farmacia, siempre que la venta de medicamentos se realice bien a distancia por procedimientos telemáticos, a través del sitio web habilitado al efecto por las oficinas de farmacia o bien presencialmente después de haber realizado el encargo”.

En este punto, la Agencia del Medicamento, deja claro que se entiende como venta “la oferta, aceptación de la oferta por el comprador y realización del pago” aunque asegura que según la información aportada por el Consejo de Farmacéuticos, “no queda acreditado que WhatsApp se emplee como plataforma en la venta a distancia de medicamentos por procedimientos telemáticos”. Es decir, que la Agencia no ha detectado aún que esta venta a través de la app se esté realizando.

Los expertos legales consultados por elEconomista también son claros en este aspecto. “Con la normativa en la mado, no es factible la venta de medicamentos, con o sin receta, por parte de la farmacia a través de un servicio como el WhatsApp, ya que solo se habilita la venta de los medicamentos de uso humano sin sujeción a prescripción médica a través de sitios web de oficinas de farmacia”, afirma Adela Bueno, del departamento jurídico de Asefarma, una de las principales asesorías especializadas del sector.

“Otra cosa -añade Bueno- es que pueda utilizarse dicha plataforma como canal de comunicación entre la oficina de farmacia y el cliente, siempre que éste hubiera dado las autorizaciones y consentimiento pertinentes a la oficina de farmacia, que le habilitara a tal fin”. De todas formas, esta experta apunta que WhatsApp “no está dotado de la suficientes y necesarias garantías de seguridad para el tratamiento de datos e información en él depositados, pues se trata de una plataforma vulnerable para la comunicación con terceros, que haría responsable a la oficina de farmacia de cualquier daño ocasionado al cliente con motivo de una filtración”.

Ya pasó con Glovo

En los últimos meses la venta a distancia de medicamentos está suscitando dudas tanto en los usuarios como en las empresas. De hecho, las propias farmacias han presentado ya nada menos que cinco denuncias ante el Ministerio de Sanidad a la compañía catalana Glovo por su servicio de entrega de medicamentos a domicilio. Estas farmacias aseguran que Glovo al denominar su servicio como Farmacia 24h se apropia del nombre de un establecimiento sanitario regulado que requiere de autorización y además hace publicidad de medicamentos. En este caso, el Ministerio de Sanidad también ordenó a la compañía catalana retirar este negocio de su plataforma de mensajería por el mismo motivo que a WhatsApp, incumplir la ley del medicamento, que solo permite esta venta online a las webs de las farmacia acreditadas por la administración sanitaria.

Crece la venta online

Según los datos de la consultora Iqvia, la venta online de medicamentos -válido únicamente para fármacos sin receta y productos de consumo de salud- alcanzó el pasado año 2018 unas ventas de 130 millones de euros. Las ventas totales de las farmacias en España se aproximan a los 10.000 millones, por lo que este nuevo canal supone aproximadamente un 1 por ciento. Las ventas de parafarmacia, por su parte, alcanzaron los 282 millones.